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MERCADO LABORAL

Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores se regulan en Chile por el Código del Trabajo, y por sus leyes complementarias, amparado bajo un contrato de trabajo.

Para todos los efectos legales se entiende por:

Empleador: la persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o mas personas en virtud de un contrato de trabajo.

Trabajador: toda personal natural que preste servicios intelectuales o materiales, bajo dependencia por subordinación, en virtud de un contrato de trabajo

Trabajador independiente: aquel que en el ejercicio de la actividad de que se trate no depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia.

Para efectos de la legislación laboral y e seguridad social, se entiende por empresa toda organización de medios personales, materiales o inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de los fines económicos, sociales, culturales o beneficios, dotada de una individualidad legal determinada.

El contrato de trabajo es el medio por el cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicio personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

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