CONTABILIDAD Y REGISTROS
En Chile existen varias instituciones encargadas de controlar las disposiciones emanadas por Ley y que deben cumplir las sociedades constituidas en el país:
Colegio de Contadores de Chile AG.:
La principal institución que regula la profesión en Chile es el Colegio de Contadores de Chile A.G., el que tiene su origen en el año 1932 creando el Registro Nacional de Contadores, que agrupó la profesión por medio de la Ley Nš5.102, posteriormente, en 1958 se creó por intermedio de la Ley Nš13.011 el "Colegio de Contadores de Chile", para transformarse por imperio del Decreto Ley Nš2.757 de 1979 en el actual Colegio de Contadores de Chile A.G., quien tiene por objeto promover la racionalización, desarrollo y protección de las actividades propias de la profesión de Contador; difundir entre la comunidad el rol de la profesión; velar por su progreso, prestigio, perfeccionamiento y prerrogativas, por su regular y correcto ejercicio; procurar la efectiva incorporación de los contadores al desarrollo cultural, económico y social del país y mantener la disciplina profesional de sus asociados y dictar las normas contables.
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS):
La Superintendencia de Valores y Seguros es una institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda. Tiene por objeto la superior fiscalización de las actividades y entidades que participan de los mercados de valores y de seguros en Chile. Así, a la SVS le corresponde velar porque las personas o instituciones supervisadas, desde su iniciación hasta el término de su liquidación, cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que rijan el funcionamiento de estos mercados. La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) tiene entre sus objetivos principales velar por la transparencia de los mercados que supervisa, mediante la oportuna y amplia difusión de la información pública que mantiene y, colaborar en el conocimiento y educación de inversionistas, asegurados y público en general. Todos ellos, elementos esenciales para el desarrollo y correcto funcionamiento de dichos mercados. Atendiendo a estos principios, a la política de transparencia promovida por el Gobierno de Chile y enmarcado en la estrategia de acercar los servicios del Estado a la ciudadanía.
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Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF):
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) fue creada en 1925 y es una institución pública, autónoma, cuyo estatuto se encuentra en el Título I del texto refundido de la Ley General de Bancos, según decreto con fuerza de Ley Nro. 3 del Ministerio de Hacienda de 1997, y se relaciona con el Gobierno a través de ese Ministerio. El jefe superior de la SBIF es el Superintendente, es nombrado por el Presidente de la República.
El mandato que le impone la Ley General de Bancos a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), es supervisar las empresas bancarias y otras instituciones financieras, en resguardo de los depositantes u otros acreedores y del interés público.
Entidades que requieren de auditoría:
Las empresas constituidas en Chile bajo la denominación
de sociedades anónimas, y que transen sus acciones en la Bolsa
de Comercio de Chile, se identifican como sociedades anónimas
abiertas, las fiscaliza la Superintendencia de Sociedades Anónimas,
y deben ser auditadas por sociedades de auditoría inscrita en
dicha superintendencia.
Los Bancos e Instituciones Financieras, controlado por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, deben ser auditados por sociedades de auditoría inscrita en dicha superintendencia.
Las sociedades anónimas que no son abiertas, la auditoría es solicitada por los directores en la medida que estimen conveniente. Existe en Chile un fuerte número de sociedades que solicitan los servicios de auditoría, y por ello un mercado muy interesante.